Asaja Extremadura recibe con “tímida” satisfacción la sentencia que anula la multa de la dehesa

Apag Extremadura Asaja recibe con tímida satisfacción la sentencia dictada por el Tribunal General de la UE con la que se anula la parcialmente la multa de los pastos que la Comisión Europea impuso a España en el periodo 2009-2013 por la aplicación incorrecta del coeficiente de admisibilidad de pastos en algunas comunidades autónomas.

En opinión de esta organización la sentencia viene a reconocer y poner en valor a los pastos extremeños, tanto arbolados adehesados, como arbustivos del que se hace un uso forrajero.

La sentencia deja sin efecto la multa impuesta por estos conceptos a nuestra Comunidad Autónoma por derivación del Estado y, por tanto, es una sentencia positiva y buena, básicamente para la dehesa y lógicamente  para las cuentas públicas autonómicas.

Sin embargo, esta organización agraria considera que se ha ganado una batalla pero no desde luego la guerra. La sentencia anula solo el tanto por ciento (25%) con que habían sido penalizados los pagos realizados, en lo que a Extremadura  interesa y a nuestros ganaderos, por entender que esta corrección no responde al criterio que debe seguirse en este tipo de usos ganaderos, ya que se considera su aprovechamiento mayor que el de otros tipo de pasto arbolado.

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