Vacas pastando en el campo

Los barbechos podrán utilizarse para pasto y cultivo en 2022

El Gobierno publica la norma que permite utilizar las superficies de barbecho para pasto o cultivo en la campaña de 2022

La modificación de la normativa nacional de aplicación de la PAC permite a España acogerse a la opción autorizada por la Comisión Europea para aumentar la producción agraria

Las tierras que iban a quedar en barbecho podrán ser pastoreadas o sembradas con cualquier cultivo sin que esto suponga ningún problema al agricultor en el pago de las ayudas de la PAC

Con esta medida se podrán poner en producción 600.000 hectáreas que en años anteriores se declararon de interés ecológico y otras superficies que estaban en barbecho para cumplir las normas de diversificación de cultivos

El real decreto-ley aprobado ayer por el Consejo de Ministros en el que se adoptan medidas urgentes en el marco del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania,  que ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluye la modificación de la normativa nacional de aplicación de la Política Agraria Común (PAC) para permitir utilizar para el pasto o el cultivo las superficies de barbecho en la campaña de 2022.

La Comisión Europea publicó el pasado 25 de marzo la Decisión de Ejecución (UE) 2022/484, de 23 de marzo de 2022, por la que se establecen excepciones a la normativa comunitaria de la PAC en lo que respecta a dos de las prácticas para poder acceder al pago verde para el año 2022, la diversificación de cultivos y el mantenimiento de superficies de interés ecológico (SIE). El pago verde remunera las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente. Las excepciones establecidas tienen el objeto de facilitar un aumento del potencial de producción agrícola de la Unión Europea, tanto para el suministro de alimentos como de piensos, para compensar la pérdida de productos que habitualmente se importan de Rusia y Ucrania.

En dicha Decisión se establece que la aplicación de esta medida es opcional y deben ser los estados miembros los que autoricen su aplicación  en cada país mediante la modificación de su normativa nacional de la PAC. Esta modificación aprobada por el Gobierno de España se contiene en la disposición final decimonovena del Real Decreto-ley 6/2022 publicado ayer día 3o.

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