Aragón prohíbe construir granjas intensivas a menos de un kilómetro de espacios protegidos

Los Departamentos de Desarrollo Rural y Vertebración del Territorio del Gobierno de Aragón han aprobado varias modificaciones importantes en el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, mediante el que se regula la actividad y la instalación de explotaciones ganaderas en Aragón. La revisión de esta norma se concreta en la declaración de las zonas con sobrecarga ganadera, donde no se permitirán nuevas instalaciones a no ser que justifiquen sistemas alternativos diferentes al uso fertilizante de los estiércoles. La modificación de la Orden saldrá publicada en el BOA a finales de este mes de diciembre.

Una de las modificaciones más importantes del Decreto es la referente a los espacios naturales protegidos, estableciendo una distancia mínima de separación para garantizar la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados. A partir de ahora, la distancia entre una explotación ganadera y el espacio natural protegido deberá ser de un kilómetro o de 500 metros a su zona periférica de protección, en caso de existir. En definitiva, se trata de promover la utilización ordenada de los recursos, así como la conservación y preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales.

En las zonas saturadas de nitrógeno no podrán instalarse nuevas explotaciones si no se presentan sistemas alternativos al uso fertilizante de los estiércoles.

Por último, y pasando del modelo intensivo al extensivo, el cambio normativo también incide en las necesidades de las zonas de montaña, que por las particulares características de su orografía ven reducida notablemente la disponibilidad de terrenos para ubicar explotaciones ganaderas extensivas. El objetivo es facilitar la instalación de este tipo de ganadería para asegurar la supervivencia de este tipo de ganadería.

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