Condiciones de las ayudas para almacenamientos privados de carne y leche
La Comisión Europea ha adoptado cinco reglamentos por los que se abre el almacenamiento privado de carnes de bovino, ovino y caprino, leche desnatada en polvo, mantequilla y quesos.
Los reglamentos se adoptaron el 30 de abril y el lunes 4 de mayo se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). El FEGA ha publicado las correspondientes circulares el 5 de mayo, habiendo realizado consulta urgente a las comunidades autónomas.
El plazo de presentación de solicitudes ante las autoridades competentes de las comunidades autónomas comienza el jueves 7 de mayo. Las solicitudes referidas a productos cárnicos no tienen fecha concreta de finalización. Sin embargo, en el caso de los lácteos únicamente se podrán presentar hasta el 30 de junio de 2020.
Los productos cárnicos no tienen que estar almacenados y precisan la presentación de una garantía de 100 euros/t, mientras que los lácteos tienen que estar almacenados en el momento de presentación de la solicitud y no requieren garantía.
Los periodos de almacenamientos son para los productos cárnicos de 90-120-150 días y se debe reflejar en la solicitud de ayuda la opción, mientras que en el caso de los lácteos el periodo es de entre 60 y 180 para los quesos y de entre 90 y 180 días para la leche desnatada en polvo y la mantequilla sin que sea necesario reflejar exactamente el número de días en la solicitud ya que se contabilizará de cara al pago de la ayuda el momento en que se retiran los productos del almacenamiento.